26 de noviembre

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Planeamiento

Impulsan la construcción del Parque Habitacional Calasanz

Son 220 lotes de 300 m2 cada uno en un predio de casi 14 hectáreas, destinados a viviendas individuales y colectivas de sectores medios de trabajadores, a metros del Estadio Mundialista de Hockey.

La Municipalidad de Rosario, a través de la Secretaría de Planeamiento, impulsa la construcción del Parque Habitacional Calasanz (delimitado por las calles San José de Calasanz, Calle 1659, Edmundo Rivero y Francisco Plano –ex calle 1621), distrito Noroeste, que estará destinado a la construcción de viviendas individual y colectiva para sectores medios.

El proyecto se enmarca en el mecanismo de concertación público-privado que el municipio rubricó con la Cooperativa de Viviendas Rosario y fue enviado el jueves 23 de octubre por el Ejecutivo al Concejo Municipal para su estudio y posterior aprobación.

Este convenio favorecerá el acceso a la tierra (o vivienda) a sectores medios de trabajadores, puesto que el valor de los lotes es sensiblemente menor a los de mercado, al tiempo que permitirá controlar el crecimiento y desarrollo urbano, con intervenciones de carácter estratégico, que incrementen la densidad en la periferia, para hacer sustentable la provisión de los servicios y la infraestructura.

Sobre una superficie de casi 14 hectáreas –de las cuales se urbanizarán algo más de nueve-, el complejo estará destinado a viviendas individuales, con 220 lotes de 300 metros cuadrados cada uno, y un sector para lotes de viviendas colectivas, donde se podrán construir edificios de no más de 17 metros de altura (planta baja y cinco pisos) sobre la avenida Calasanz, los que tendrán una ocupación de suelo del 20 por ciento.

“Es una urbanización que por sus características está destinada especialmente a sectores medios (de trabajadores), que tienen una alta demanda de suelo y viviendas, diferenciándose sólo del desarrollo inmobiliario”, destacó Pablo Barese, secretario de Planeamiento.

“Es muy positivo alentar estos emprendimientos porque se hacen no desde la perspectiva inmobiliaria, sino que apunta a la concreción de viviendas para un segmento de la sociedad con alta demanda habitacional", argumentó Barese.

En este marco, además del desarrollo urbano planificado, este convenio tiene como objetivo crear grandes parques, que contribuyan a incrementar la superficie de espacios verdes en áreas periféricas.

En ese marco, el desarrollador también se compromete a la construcción en ese predio de un espacio público de 2 hectáreas, en el que a su vez deberá ejecutar un sistema de regulación de caudales efluentes y reservorios para almacenamiento transitorio del agua, de acuerdo a la Ordenanza Nº 8.876/11, respecto a las Restricciones al uso del suelo en correspondencia a las planicies de inundación del Arroyo Ludueña, Canales Salvat e Ibarlucea, y a la Ley Provincial Nº 13246, de Estabilización de caudales de la cuenca del Arroyo Ludueña.

En ese sentido, resultará necesaria también la realización de un estudio hídrico y proyecto del sistema que deberá ser evaluado por la Dirección de Proyectos de Hidráulica de la Municipalidad de Rosario y por la Secretaría de Aguas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe.

Además, el urbanizador deberá garantizar la concreción de las infraestructuras exigidas en la Ordenanza de Urbanización y Subdivisión de Suelo Nº 6492/97, como también los servicios para esa zona, tales como los desagües cloacales y pluviales, el alumbrado público y pavimento, entre otros.

En lo que tiene que ver con este último punto, la ejecución de pavimentos deberá realizarse con superficie de concreto asfáltico en caliente en 5 metros de ancho. También tiene la obligatoriedad de dar continuidad al sistema vial jerárquico y a las colectoras barriales.

Además, el urbanizador deberá aportar una compensación económica al municipio, que está expresada en valor de metros cuadrados equivalente de pavimento asfáltico. Esta contribución estará destinada a obras de mejoramiento barrial y de saneamiento del barrio Floresta –definido por avenida Calasanz, calle 1659, calle Rivero y avenida Miglierini-, a fin de proporcionar similares condiciones viales a aquellos trazados a ejecutar por el urbanizador.

El plazo fijado para la ejecución de las obras correspondientes a trazados oficiales y el espacio público, como el cumplimiento de las mejoras para el barrio Floresta, está previsto en cinco años a partir de la aprobación del proyecto por parte del  Concejo.

Mecanismo de concertación público-privado

El municipio ha previsto en su Plan Urbano una serie de instrumentos jurídicos y de gestión para la concertación, tendientes a canalizar adecuadamente la inversión pública y/o privada en pos del beneficio colectivo.

En esto se enmarca el Convenio Urbanístico, a través del cual se contribuye a redistribuir los beneficios que generan los desarrollos urbanos planificados, resolviendo la demanda de infraestructura, cesión de espacio público y realización de importantes conexiones viales, obteniendo además la posibilidad de establecer compensaciones económicas que adquieren diversas modalidades: se incorporan al Fondo Municipal de Tierras, al Fondo de Preservación, a la ejecución de viviendas sociales, o a obras de mejoramiento barrial.