24 de noviembre

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Coronavirus: Anunciaron la continuidad de las medidas por una semana más

El gobernador de Santa Fe, acompañado por el intendente Javkin, confirmó que se extenderá por siete días las medidas para frenar la curva de contagios. Cambios para algunos rubros.

En una conferencia el gobernador Omar Perotti anunció que las medidas que rigen desde el pasado 5 de septiembre, se extenderán una semana más. Esto afecta a la ciudad de Rosario y varios departamentos de la provincia.

El intendente Pablo Javkin participó de la conferencia y aseguró: "No nos podemos permitir que alguien que necesita atención no la tenga, los recursos se pueden aumentar pero no son infinitos". Y enfatizó en la necesidad de superar este momento para poder volver a abrir actividades productivas: "Necesitamos poder trabajar con los sectores que reclaman poder trabajar y para eso nos tenemos que cuidar todos, no solo pensando en la salud, sino en la necesidad de poder trabajar y salir de la angustia que hoy estamos viviendo".

Visiblemente preocupado, el intendente también hizo referencia a las reuniones: "Tenemos que entender que es un momento para cuidarnos. Evitamos que esto crezca si somos respetuosos y nos cuidamos, no nos podemos juntar". Y finalmente se dirigió a los más jóvenes: “Este no es un año para festejar el día de la primavera, Es un año para aprender a cuidarnos y cuidar los derechos de mucha gente que necesita recuperarlos”, sostuvo.

Las medidas

No habilitado

Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.

Locales gastronómicos: Bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.

Comercios mayoristas y minoristas de rubros no esenciales de más de 100 m2.

Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad inmobiliaria y mudanzas.

Servicios de personal doméstico

Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de más de 10 personas.

Obras privadas que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.

Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.

Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre.

Pesca deportiva y recreativa. Modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.

Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.

Salas de grabación y ensayo: Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.

Enseñanza disciplinas artísticas: En forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.

Actividad artística y artesanal: A cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.

Habilitado

Comercios de proximidad o cercanía de rubros esenciales y no esenciales, de manera presencial o modalidad para llevar (take away).

Venta de mercadería elaboradas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica mediante la modalidad entrega a domicilio (delivery).

Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología: con turnos previos y un máximo de ocupación del 50%.

Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.

Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes.
Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.
Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 10 personas.

Administración Central y organismos dependientes del Estado Provincial, con prestación presencial limitada a áreas críticas a funciones indispensables.

Salidas recreativas

Continúan habilitadas bajo la siguiente modalidad: Con uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón. Sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia. Sin extenderse más allá de las 19.30 horas.

Actividad gastronómica

Bajo la siguiente modalidad: Exclusivamente para envíos a domicilio hasta las 00:30 y servicio para llevar (take away) hasta las 22 para los bares y 19.30 para comercios.