25 de noviembre

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Javkin promulgó la ordenanza de control económico financiero de inversiones

Entre los puntos que desarrolla la normativa, se creará una agencia de prevención y colaboración contra el lavado de activos y se realizará un protocolo de actuación.

Este miércoles 17 de agosto, en el salón Carrasco del Palacio de los Leones, el intendente Pablo Javkin promulgó la ordenanza de control económico financiero de inversiones. La actividad contó con la participación de los secretarios de Gobierno, Gustavo Zignago; de Modernización y Cercanía, Germán Giró; de Hacienda y Economía, Diego Gómez; de la subsecretaria de Legal y Técnica, Juliana Conti; del fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Jorge Baclini; y concejales y concejalas, entre otros.

"Esta ordenanza pone en marcha un mecanismo de control de lavado, que es una decisión política de toda la ciudad, por unanimidad, acerca de tener una herramienta que haga nuestra parte en relación a combatir lo más oscuro con lo que convivimos: la gente que hace dinero con las muertes y la violencia", destacó el intendente.

"Tiene que ver con algo que tenemos que tener muy en claro, lo que hacen las cosas bien y generan trabajo y producción, hay que otorgarle las mayores facilidades, los que lo hacen mal, los que utilizan la violencia y la muerte, los que lastiman y hieren a la ciudad, cada vez ser más efectivos en impedírselo. En este caso, lo que podemos hacer como municipio", agregó Javkin.

"Estamos muy orgullosos de este trabajo y del trabajo de nuestros equipos,y del Concejo que dio un debate realmente importantísimo, que no se suele dar en los cuerpos municipales, como es un tema como es el lavado de dinero, y de las agencias, que trabajaremos con el procurador, el fiscal general, la fiscal regional, la representación de la UIF (Unidad de Información Financiera) y de la Procunar (Procuraduría de Narcocriminalidad), los camaristas federales, para combatir las economías ilegales en la ciudad", mencionó el intendente.

La ordenanza establece que se creará un protocolo de actuación para la detección y prevención de operaciones sospechosas que se elevará a la autoridad de aplicación. Dicha autoridad de aplicación estará compuesta por una unidad de control integrada por: un representante de la Secretaría de Hacienda y Economía, un representante de la Secretaría de Gobierno, un representante de la Secretaría de Modernización y Cercanía y un miembro del Tribunal Municipal de Cuentas.

La autoridad de aplicación podrá, entre otras funciones, evaluar e informar a la Justicia y la UIF; y la Justicia y la UIF al mismo tiempo, tendrán a disposición la información ordenada y sistematizada de movimientos a partir del perfil digital.

De esta manera, con la ordenanza se avanza sobre los siguientes puntos: se crea una agencia de prevención y colaboración contra el lavado de activos; se realiza un protocolo de actuación para la detección de operaciones sospechosas, se amplía la cantidad de rubros que se van a controlar, en cada rubro se está ampliando la cantidad de información y documentación a presentar, se capacitará los funcionarios y agentes municipales que van a aplicar la normativa, a partir de convenios con el MPA y la Justicia; significando un avance en el trabajo coordinado con los demás niveles del Estado y Poder Judicial para detener las economías delictivas.

Modernización del Estado

Es una etapa conjunta al proceso de modernización en servicios, trámites, actuaciones y procedimientos. En ese sentido, se trabaja en la despapelización y perfil digital. Toda la información del perfil digital se mantendrá a disposición de los organismos provinciales y nacionales y/o judiciales competentes.

Por su parte, Juliana Conti, explicó: "La ordenanza surge a partir de un proceso participativo, en la que los distintos bloques han aportado a esa ordenanza que ya teníamos desde 2014, y que fueron grandes aportes para lograr una síntesis. La ordenanza tiene ejes: por un lado, crea una agencia que va a aplicar un protocolo que también es creado por la ordenanza misma para que desde el ámbito municipal se esté alerta, y por otro lado, detalla trámites a los cuales se le va a requerir una documentación que va a ser puesta en análisis por la agencia a fines de poner toda esa información procesada a cargo de la justicia".

Y agregó: "El proceso de digitalización que viene atravesando el municipio tiene un impacto en la implementación de esta ordenanza porque la digitalización está en primer lugar al servicio de los ciudadanos para que puedan tener una facilitación en todos sus trámites y esa unificación de la información, va a ser puesta a disposición de la justicia para detectar eventualmente un caso de alerta que tenga que ver con la aplicación del protocolo que está previsto en la ordenanza".

Rubros y montos

  • Venta y alquiler de vehículos y motos.
  • Comercios de armerías.
  • Loterías (Cuando el plan de inversiones del proyecto sea mayor a $7,3 millones, que será actualizado por inflación).
  • Rubros comprendidos en la ordenanza de la nocturnidad.
  • Hoteles, hostels y alojamientos transitorios para turistas, cuando el plan de inversiones del proyecto se prevea una inversión igual o superior a $16,6 millones actualizados por la inflación.
  • Playas de estacionamiento y cocheras, cuando el plan de inversiones del proyecto se prevea una inversión igual o superior a $7,3 millones actualizados por la inflación.
  • Guarderías náuticas, cuando el plan de inversiones del proyecto sea igual o superior a $16,6 millones actualizados por la inflación.
  • Restaurantes, bares, confiterías bailables, bares con amenización musical y todos los rubros de la ordenanza de nocturnidad (cuando el plan de inversiones del proyecto sea mayor a $7,3 millones, que será actualizado por inflación).
  • Concesiones públicas de obras y servicios, cuando su objeto corresponda a alguno de los rubros y montos de inversión detallados en el inciso primero.
  • Construcción nueva, ampliación y/o reforma de inmuebles, de más de 500 m2.
  • Adquisición o tenencia de más de dos licencias de explotación de taxis y/o remises por parte de una misma persona humana o jurídica.
  • Cualquier otro procedimiento o trámite administrativo que establezca la reglamentación.

Pautas generales para detectar una operación sospechosa

  • Inconsistencias entre una situación de exteriorización de activos y el perfil patrimonial o fiscal de una persona humana o jurídica.
  • Situación de transferencias sucesivas de habilitaciones municipales, licencias, bienes registrables, participaciones societarias, la posición de administración fiduciaria, con una frecuencias o inestabilidad que resulten inusuales dentro de la respectiva actividad.
  • Cualquier hecho económico que no guarde debida relación con las actividades declaradas y realizadas por las personas humanas y jurídicas correspondientes.
  • Operaciones o hechos económicos desarrollados por personas físicas o jurídicas que declaran como propias manifestaciones económicas, que pertenezcan a otra persona humana o jurídica, que no justifique o no pueda justificar las mismas.
  • Inversiones de elevado monto por parte de personas jurídicas o humanas que no declaran una actividad económica, o empleo remunerado que justifique los montos involucrados.
  • Actitud que pretende eludir o definitivamente rechazar la entrega de información respecto del propósito o del origen y/o destino de los fondos y/o antecedentes penales.
  • Constitución de empresas con altos aportes de dinero en efectivo, bienes inmuebles o rodados.